Comobien señalas, aquellos ingresos inferiores al SMI actual son inembargables. No obstante, por lo que parece te han notificado un embargo en los meses en los que, debido a las pagas extra, cobrarás algo más de los 950 euros que se estipulan como SMI y, por tanto, desde ese punto de vista el embargo puede aplicarse.
El límite de inembargabilidad de sueldos, salarios o pensiones a que se refiere el artículo 607.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en el